Retorno al Acceso a la Educación Superior es el proceso mediante el cual las personas interesadas en participar en el proceso de admisión a la educación superior, correspondiente al Primer Semestre 2025, solicitan autorización a la Secretaría de Educación Superior, Ciencia, Tecnología e Innovación, ya sea para rendir una nueva evaluación y/o participar en el proceso de admisión correspondiente, con la nota más alta obtenida en alguno de los periodos de admisión previos.
Pueden solicitar la habilitación de cuenta ÚNICAMENTE quienes se encuentren en los casos descritos y deseen inscribirse para rendir un nuevo examen para el acceso a la Educación Superior.
La persona aspirante podrá solicitar la habilitación de cuenta o nota cuando se encuentre en alguno de los siguientes casos:
CASO 1: Cuando las y los aspirantes no hayan hecho uso de su cupo en el periodo en el cual fue asignado y hayan cumplido el periodo de penalidad (un periodo académico).
CASO 2: Las y los aspirantes que hayan agotado su segunda matrícula en nivelación de carrera.
CASO 3: Cuando la institución de educación superior certifique que no abrirá el curso de nivelación, para que el aspirante pueda hacer uso de su segunda matrícula, o ya haya transcurrido 4 periodos académicos posteriores a la reprobación de la primera matrícula.
CASO 4: Las y los aspirantes que hayan obtenido un cupo en una carrera focalizada y no puedan volver a la misma, porque fueron dados de baja.
CASO 5: Cuando la o el aspirante obtuvo un cupo y agotó las posibilidades de matrícula en la misma carrera, materia o asignatura. Existe impedimento académico.
CASO 6: Podrán solicitar participar en el proceso para obtener una segunda carrera los estudiantes de carrera (estudiantes regulares o retirados), egresados o graduados.
CASO 7: Las y los aspirantes que hayan perdido la beca por no cumplir las condiciones establecidas o por temas socio-económicos.
CASO 8: Cuando la carrera de la o el aspirante no haya sido abierta para el inicio de la nivelación o primer nivel de carrera, por no cumplir con el cupo mínimo de estudiantes, y cuya opción de reubicación no haya sido aceptada.
CASO 9: Las y los aspirantes que no se presentaron a rendir la Prueba Transformar, y ya cumplieron con la penalidad de no participación en el periodo de admisión.
CASO 10: Las y los aspirantes que aprobaron la nivelación de carrera, no se matricularon en el primer nivel en el período inmediato siguiente a la aprobación, y la institución de educación superior no acepta la matrícula o ya ha transcurrido más de 4 periodos académicos.
CASO 11: Las y los aspirantes que obtuvieron un cupo, aprobaron la nivelación y solicitaron un cambio de carrera y esta no fue aprobada por la Comisión Técnica de la Subsecretaría de Acceso a la Educación Superior.
CASO 12: Cuando la o el aspirante que no haya obtenido cupo o no disponga de cupos activos en el Sistema Nacional de Nivelación y Admisión, y desea participar en la convocatoria Nacional en curso con una nota anterior a los últimos 4 procesos de acceso a la educación superior realizados.
CASO 13: Las y los aspirantes que hayan finalizado sus estudios bajo el programa Grupo de Alto Rendimiento Internacional podrán solicitar la activación de su nota más alta.
Las personas aspirantes interesadas en realizar el proceso de habilitación de cuenta deberán:
Paso 1. Las y los aspirantes deberán ingresar a su Registro Único (registrounicoedusup.gob.ec), con su usuario y contraseña.
Paso 2. Al ingresar a la cuenta personal la o el aspirante ingresará a la sección “Proceso”, y escogerá la opción “Retorno al Acceso a la Educción Superior”. Si no recuerdas tu correo electrónico, cámbialo y selecciona “Actualizar tus datos”.
Paso 3. La o el aspirante al seleccionar “Actualizar tus datos”, visualizará una ventana donde deberá leer detenidamente los términos y condiciones para la habilitación de cuenta. Para continuar con el proceso deberá seleccionar “Aceptar”.
Paso 4. Al seleccionar “Aceptar”, visualizará una ventana donde le permita completar sus datos de contacto: número de teléfono celular, número de teléfono convencional.
Paso 5. Una vez que la o el aspirante seleccione una de las opciones establecidas, podrá “Guardar y enviar” su solicitud y visualizará una ventana de confirmación con el siguiente mensaje:
“Tu solicitud de Retorno al Acceso a la Educción Superior ha sido ingresada correctamente para el caso seleccionado. Se encuentra en etapa de análisis”.
La o el aspirante debe seleccionar la opción “Aceptar”. Al aceptar se generará automáticamente el comprobante de respaldo de la solicitud ingresada en formato PDF y se le enviará un correo electrónico con el detalle del caso seleccionado.
Las y los aspirantes podrán registrar su solicitud por acciones afirmativas por violencia de género o sexual y deberán cargar los documentos justificativos válidos (denuncia, sentencia del juez). Los documentos serán analizados y a las solicitudes aprobadas se les asignará puntos adicionales por acciones afirmativas.
Nota: Se solicita que únicamente remitan dichas solicitudes quienes efectivamente dispongan de una denuncia o sentencia emitida por la autoridad competente.
Aquellos que no dispongan de una cuenta, podrán registrar sus acciones afirmativas por violencia de género o sexual en la etapa de inscripción.
Las y los aspirantes extranjeros podrán realizar la actualización de su documento de identidad, este se validará a través del web service del Registro Civil o el web service del Ministerio de Relaciones Exteriores y Movilidad Humana.
Deberán tener su documento de identidad con una fecha mínima de vigencia hasta el 25 de junio de 2022, conforme lo determinado en la Ley Orgánica de Movilidad Humana, la Ley Orgánica de Identidad y Datos Civiles y la Disposición General Octava del Reglamento del Sistema Nacional de Nivelación y Admisión.
NO deben realizar el Retorno al Acceso a la Educción Superior:
Conoce las temáticas que se evaluarán en la prueba de acceso a la educación superior.
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